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CONDICIONES GENERALES DE CONTRATO DE VENTA DE PAQUETES TURÍSTICO
1. PREMISA. NOCIÓN DE PAQUETE TURÍSTICO
Premitido que: a) el organizador y el vendedor del paquete turístico al que se dirige el consumidor deben poseer la autorización administrativa para el desempeño de sus actividades. b) el consumidor tiene derecho a recibir una copia del contrato de venta del paquete turístico (de conformidad con el art. 85 del Código de Consumo), que es un documento indispensable para acceder, en su caso, al Fondo de Garantía mencionado en el art. 18 de las presentes Condiciones Generales de Contrato.
La noción de paquete turístico (art. 84 del Código de Consumo) es la siguiente: los paquetes turísticos tienen por objeto los viajes, las vacaciones y los circuitos "todo incluido", resultantes de la combinación establecida de al menos dos de los elementos que se indican a continuación, vendidos u ofrecidos en venta a un precio a tanto alzado, y de duración superior a 24 horas o que comprendan un período de tiempo que incluya al menos una noche: a) transporte; b) alojamiento; c) servicios turísticos no accesorios al transporte o al alojamiento (omissis) ....... que constituyan una parte significativa del "paquete turístico".
2. FUENTES LEGISLATIVAS
La compraventa de paquetes turísticos, ya sea que tengan por objeto servicios a prestar en territorio nacional o en el extranjero, se regirá por la Ley 27/12/1977 nº 1084 de ratificación y ejecución del Convenio Internacional relativo al contrato de viaje (CCV) firmado en Bruselas el 23.4.1970 en la medida en que sea aplicable, así como por el Código de Consumo.
3. INFORMACIÓN OBLIGATORIA - FICHA TÉCNICA
El organizador tiene la obligación de incluir en el catálogo o en el programa fuera de catálogo una ficha técnica. Los elementos obligatorios a incluir en la ficha técnica del catálogo o del programa fuera de catálogo son:
- datos de la autorización administrativa del organizador;
- datos de la póliza de seguro de responsabilidad civil;
- periodo de validez del catálogo o programa fuera de catálogo o viaje a medida;
- modalidades y condiciones de sustitución (Art. 89 del Código de Consumo);
- cambio de referencia a efectos de ajustes de divisas, día o valor.
4. RESERVAS
La solicitud de reserva deberá redactarse en el formulario contractual correspondiente, en su caso electrónico, cumplimentado en todas sus partes y firmado por el cliente, quien recibirá una copia del mismo. La aceptación de las reservas se considera perfeccionada, con la consiguiente conclusión del contrato, solo en el momento en que el organizador envíe la confirmación correspondiente, también mediante sistema telemático, al cliente a través de la agencia de viajes vendedora. Las indicaciones relativas al paquete turístico no contenidas en los documentos contractuales, folletos u otros medios de comunicación escrita, serán facilitadas por el organizador en cumplimiento de las obligaciones previstas a su cargo por el art. 87 apartado 2 del Cód. Cons. con la antelación suficiente antes del inicio del viaje.
5. PAGOS
La cuantía del anticipo, hasta un máximo del 25% del precio del paquete turístico, a abonar en el momento de la reserva o en el momento de la solicitud vinculante, y la fecha en la que deberá efectuarse el saldo antes de la salida, figuran en el catálogo, folleto o similares. El impago de las cantidades mencionadas en las fechas establecidas constituye una cláusula resolutoria expresa que determina, por parte de la agencia intermediaria y/o del organizador, la resolución de pleno derecho.
6. PRECIO
El precio del paquete turístico se determina en el contrato, con referencia a lo indicado en el catálogo o programa fuera de catálogo y a las actualizaciones de dichos catálogos o programas que se produzcan posteriormente. El precio podrá variar hasta 20 días antes de la salida y únicamente como consecuencia de variaciones en:
- costes de transporte, incluido el coste del combustible;
- derechos y tasas sobre determinados tipos de servicios turísticos, tales como impuestos, tasas de aterrizaje, de desembarque o de embarque en puertos y aeropuertos;
- tipos de cambio aplicados al paquete en cuestión. Para dichas variaciones se tomará como referencia el tipo de cambio y los costes mencionados vigentes en la fecha de publicación del programa indicada en la ficha técnica del catálogo o en la fecha indicada en las posibles actualizaciones mencionadas. Las oscilaciones incidirán en el precio a tanto alzado del paquete turístico en el porcentaje expresamente indicado en la ficha técnica del catálogo o programa fuera de catálogo.
7. MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN ANTES DE LA SALIDA
Antes de la salida, el organizador o el vendedor que tenga necesidad de modificar significativamente uno o varios elementos del contrato, lo notificará inmediatamente por escrito al consumidor, indicando el tipo de modificación y la variación del precio resultante. Si no acepta la propuesta de modificación mencionada en el apartado 1, el consumidor podrá ejercer alternativamente el derecho a recuperar la suma ya pagada o a disfrutar de la oferta de un paquete turístico de sustitución de conformidad con los apartados 2 y 3 del artículo 8. El consumidor podrá ejercer los derechos anteriormente previstos también cuando la cancelación dependa de que no se haya alcanzado el número mínimo de participantes previsto en el Catálogo o en el Programa fuera de catálogo, o por causas de fuerza mayor y caso fortuito, relativos al paquete turístico adquirido. Para las cancelaciones distintas de las causadas por fuerza mayor, caso fortuito y falta de consecución del número mínimo de participantes, así como las distintas de la no aceptación por parte del consumidor del paquete turístico alternativo ofrecido, el organizador que cancele (art. 33 letra e Cód. de Consumo), devolverá al consumidor el doble de lo pagado por este y cobrado por el organizador, a través del agente de viajes. La suma objeto de la devolución nunca será superior al doble de los importes de los que el consumidor sería deudor en la misma fecha según lo previsto en el art. 8, apartado 4, si fuera él quien cancelara.
8. DESISTIMIENTO DEL CONSUMIDOR
El consumidor podrá desistir del contrato, sin pagar penalizaciones, en los siguientes supuestos:
- aumento del precio mencionado en el anterior art. 6 en una cuantía superior al 10%;
- modificación significativa de uno o varios elementos del contrato objetivamente configurables como fundamentales para el disfrute del paquete turístico globalmente considerado y propuesta por el organizador tras la celebración del propio contrato pero antes de la salida y no aceptada por el consumidor. En los casos anteriores, el consumidor tiene derecho alternativamente:
- a disfrutar de un paquete turístico alternativo, sin suplemento de precio o con la devolución del exceso de precio, si el segundo paquete turístico tiene un valor inferior al primero;
- a la devolución de la parte del precio ya abonada. Dicha devolución deberá efectuarse en un plazo de siete días hábiles desde el momento de la recepción de la solicitud de reembolso. El consumidor deberá comunicar su decisión (de aceptar la modificación o de desistir) a más tardar en el plazo de dos días hábiles desde el momento en que reciba el aviso de aumento o de modificación. A falta de comunicación expresa en el plazo mencionado, la propuesta formulada por el organizador se considerará aceptada. Al consumidor que desista del contrato antes de la salida fuera de los supuestos enumerados en el primer apartado, se le cobrará –independientemente del pago del anticipo mencionado en el art. 5/apartado 1– el coste individual de gestión de la reserva y la penalización en la cuantía indicada en la ficha técnica del Catálogo o Programa fuera de catálogo o viaje a medida. En el caso de grupos preestablecidos, dichas cantidades se acordarán en cada caso al firmar el contrato.
9. MODIFICACIONES DESPUÉS DE LA SALIDA
El organizador, si después de la salida se encuentra en la imposibilidad de prestar por cualquier motivo, salvo por un hecho propio del consumidor, una parte esencial de los servicios contemplados en el contrato, deberá disponer soluciones alternativas, sin suplementos de precio a cargo del contratante y, si las prestaciones proporcionadas son de valor inferior a las previstas, reembolsarle la cuantía de dicha diferencia. Si no fuera posible ninguna solución alternativa, o si la solución dispuesta por el organizador fuera rechazada por el consumidor por motivos serios y justificados, el organizador proporcionará, sin suplemento de precio, un medio de transporte equivalente al original previsto para el regreso al lugar de salida o al lugar eventualmente pactado, según la disponibilidad del medio y de las plazas, y le reembolsará la diferencia entre el coste de las prestaciones previstas y el de las prestaciones realizadas hasta el momento del regreso anticipado.
10. SUSTITUCIONES
El cliente que renuncie puede ser sustituido por otra persona siempre que: a. se informe al organizador por escrito al menos 8 días hábiles antes de la fecha fijada para la salida, recibiendo simultáneamente la comunicación sobre los datos del cesionario; b. el sustituto cumpla todas las condiciones para el disfrute del servicio (según el art. 89 del Cód. Cons.) y, en particular, los requisitos relativos a pasaporte, visados y certificados sanitarios; c. el sujeto subentrante reembolse al organizador todos los gastos adicionales incurridos para proceder a la sustitución en la cuantía que se le cuantificará antes de la cesión. El cedente y el cesionario son solidariamente responsables del pago del saldo del precio, así como de los importes mencionados en la letra c) de este artículo. Las demás modalidades y condiciones de sustitución se indican en la ficha técnica.
11. OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES
Los participantes deberán estar provistos de pasaporte individual u otro documento válido para todos los países incluidos en el itinerario, así como de los visados de estancia y de tránsito y los certificados sanitarios que pudieran ser necesarios. Asimismo, deberán cumplir con las normas de normal prudencia y diligencia y con las específicas vigentes en los países de destino del viaje, con toda la información facilitada por el organizador, así como con los reglamentos y disposiciones administrativas o legislativas relativas al paquete turístico. Los participantes serán responsables de todos los daños que el organizador pueda sufrir debido a su incumplimiento de las obligaciones anteriormente examinadas. El consumidor está obligado a facilitar al organizador todos los documentos, informaciones y elementos en su posesión útiles para el ejercicio del derecho de subrogación de este último frente a los terceros responsables del daño y es responsable ante el organizador del perjuicio causado al derecho de subrogación. El consumidor comunicará por escrito al organizador, en el momento de la reserva, las peticiones personales especiales que puedan ser objeto de acuerdos sobre las modalidades del viaje, siempre que su realización sea posible.
12. CLASIFICACIÓN HOTELERA
La clasificación oficial de las estructuras hoteleras se facilita en el catálogo o en otro material informativo únicamente sobre la base de las indicaciones expresas y formales de las autoridades competentes del país en el que se presta el servicio. En ausencia de clasificaciones oficiales reconocidas por las Autoridades Públicas competentes de los países, incluso miembros de la UE, a los que se refiere el servicio, el organizador se reserva la facultad de proporcionar en el catálogo o folleto su propia descripción de la estructura de alojamiento, que permita una valoración y aceptación de la misma por parte del consumidor.
13. RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
El organizador responde de los daños causados al consumidor por el incumplimiento total o parcial de las prestaciones contractualmente debidas, ya sean realizadas por él personalmente o por terceros proveedores de servicios, a menos que pruebe que el evento se ha debido a un hecho del consumidor (incluidas las iniciativas asumidas autónomamente por este durante la ejecución de los servicios turísticos) o a circunstancias ajenas a la prestación de los servicios previstos en el contrato, a caso fortuito, a fuerza mayor, o a circunstancias que el propio organizador no podía, según la diligencia profesional, prever o resolver razonablemente. El vendedor en cuya oficina se haya efectuado la reserva del paquete turístico no responde en ningún caso de las obligaciones derivadas de la organización del viaje, sino que es responsable exclusivamente de las obligaciones derivadas de su condición de intermediario y, en cualquier caso, dentro de los límites previstos para dicha responsabilidad por la normativa vigente en la materia.
14. LÍMITES DE LA INDEMNIZACIÓN
La indemnización por daños a las personas no puede ser en ningún caso superior a los límites previstos en los convenios internacionales en los que participan Italia y la Unión Europea en referencia a las prestaciones cuyo incumplimiento ha determinado la responsabilidad. En cualquier caso, el límite de indemnización no puede superar el importe de 50.000 Francos oro Germinal por daños a las personas, 2.000 Francos oro Germinal por daños a las cosas, y 5.000 Francos oro Germinal por cualquier otro daño (art. 13 nº 2 CCV).
15. OBLIGACIÓN DE ASISTENCIA
El organizador está obligado a prestar las medidas de asistencia al consumidor impuestas por el criterio de diligencia profesional exclusivamente en relación con las obligaciones a su cargo por disposición legal o contractual. El organizador y el vendedor quedan exonerados de sus respectivas responsabilidades (arts. 13 y 14 de las presentes Condiciones Generales) cuando la falta o incorrecta ejecución del contrato sea imputable al consumidor o haya dependido de un hecho de un tercero de carácter imprevisible o inevitable, o de un caso fortuito o de fuerza mayor.
16. RECLAMACIONES Y DENUNCIAS
Cualquier falta en la ejecución del contrato debe ser impugnada por el consumidor sin demora para que el organizador, su representante local o el acompañante le pongan remedio oportunamente. El consumidor deberá también —bajo pena de caducidad— presentar una reclamación mediante el envío de una carta certificada con acuse de recibo al organizador o al vendedor, a más tardar diez días hábiles desde la fecha de regreso al lugar de salida.
17. SEGURO CONTRA GASTOS DE CANCELACIÓN Y DE REPATRIACIÓN
Si no están expresamente incluidos en el precio, es posible, y de hecho aconsejable, suscribir en el momento de la reserva en las oficinas del organizador o del vendedor pólizas de seguro especiales contra los gastos derivados de la cancelación del paquete, accidentes y equipajes. También será posible suscribir un contrato de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidentes y enfermedades.
18. FONDO DE GARANTÍA
Se constituye en la Dirección General de Turismo del Ministerio de Actividades Productivas el Fondo Nacional de Garantía al que el consumidor puede dirigirse (de conformidad con el art. 100 del Código de Consumo), en caso de insolvencia o quiebra declarada del vendedor o del organizador, para la protección de las siguientes necesidades: a) reembolso del precio pagado; b) su repatriación en caso de viajes al extranjero. El fondo debe proporcionar asimismo una disponibilidad económica inmediata en caso de regreso forzoso de turistas de países no comunitarios con ocasión de emergencias imputables o no al comportamiento del organizador. Las modalidades de intervención del Fondo están establecidas por el decreto del Presidente del Consejo de Ministros de 23/07/99, n. 349 G.U. n. 249 de 12/10/1999. La Agencia GardaLanding está cubierta por la póliza de seguro FiloDiretto Protection n. 6006000490/W con la compañía Nobis SpA para lo descrito en el art. 9/115/2015 Fondo de Garantía Privado.
GardaLanding is the Tour Operator Agency of ELKO snc Via Mantova 23 37019 Peschiera del Garda (VR) - P. IVA 04213890231 Provincia di Verona R.U. 50178 del 28/05/2015 travel@gardalanding.com - 045/7550810 – www.gardalanding.com
ADENDA
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE VENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS INDIVIDUALES
DISPOSICIONES NORMATIVAS
Los contratos que tengan por objeto la oferta de un solo servicio de transporte, de alojamiento, o de cualquier otro servicio turístico separado, al no poder configurarse como un supuesto negociable de organización de viaje o de paquete turístico, se rigen por las siguientes disposiciones de la CCV: art. 1, n.3 y n.6; arts. del 17 al 23; arts. del 24 al 31, en lo que respecta a las previsiones distintas de las relativas al contrato de organización, así como por las demás estipulaciones específicamente referidas a la venta del servicio individual objeto del contrato.
CONDICIONES DEL CONTRATO
A dichos contratos les serán aplicables, asimismo, las siguientes cláusulas de las condiciones generales del contrato de venta de paquetes turísticos anteriormente mencionadas: art. 4, párrafo 1; art. 5; art. 7; art. 8; art. 9; art. 10, párrafo 1; art. 11; art. 15; art. 17. La aplicación de dichas cláusulas no determina en absoluto la configuración de los respectivos contratos como un supuesto de paquete turístico. La terminología de las citadas cláusulas relativa al contrato de paquete turístico (organizador, viaje, etc.) debe entenderse, por tanto, con referencia a las figuras correspondientes del contrato de venta de servicios turísticos individuales (vendedor, alojamiento, etc.).
COMUNICACIÓN LEY 269/98
La ley italiana castiga con la pena de prisión los delitos relativos a la prostitución y la pornografía infantil, incluso si los mismos son cometidos en el extranjero. El respeto a los derechos de los niños no conoce fronteras.
INFORMACIÓN PROTECCIÓN DE DATOS (RGPD)
De conformidad con el art. 13 del RGPD, la sociedad ELKO snc, en calidad de responsable del tratamiento de los datos, informa que los datos personales facilitados voluntariamente por Usted y en base a las obligaciones previstas, serán tratados por la sociedad ELKO snc adoptando las medidas adecuadas para garantizar la seguridad y la confidencialidad. El usuario autoriza a ELKO SNC al tratamiento de sus datos personales para la correcta ejecución del contrato y para cumplir con las obligaciones fiscales y contables. El interesado podrá ejercer sus derechos contactando con el representante legal Pinackatt Sebin.
RESPONSABILIDAD
El Organizador responde de los daños causados al consumidor por el incumplimiento total o parcial de las prestaciones contractualmente debidas, ya sean realizadas por él personalmente o por terceros proveedores de servicios, a menos que demuestre que el evento se debió a un hecho del consumidor, por caso fortuito, fuerza mayor, o por circunstancias que el Organizador no pudiera, según la diligencia profesional, razonablemente prever o resolver.
PARTICIPACIÓN E INSCRIPCIÓN
La aceptación de las solicitudes de participación está sujeta a la disponibilidad de plazas. La inscripción se considerará perfeccionada únicamente tras la recepción de la "confirmación de inscripción al viaje" por escrito. GardaLanding se reserva el derecho de cancelar el viaje si no se alcanza el número mínimo de participantes, informando al Viajero con al menos 9 días de antelación.
PAGOS
Para solicitar la participación se abonará una cuota de garantía. Tras la confirmación, se pagará un anticipo del 25% más gastos de inscripción. El saldo se abonará 60 días antes de la salida. Para inscripciones realizadas en los 45 días previos a la salida, se abonará el total al inscribirse; si es en los 30 días previos, el total se paga con la solicitud.
CUOTAS DE VIAJE
Las cuotas se calculan según tipos de cambio y tarifas vigentes al redactar el catálogo. Pueden variar por cambios en costes de transporte o tasas. El precio no aumentará en los 20 días previos a la salida. Si el aumento excede el 10%, el participante puede desistir sin penalización comunicándolo en 3 días hábiles.
PROGRAMA
La organización tiene la facultad de modificar en cualquier momento el programa, hoteles o localidades si exigencias superiores lo requieren. La falta de aceptación de estos cambios por el cliente conllevará únicamente la devolución de las sumas entregadas como anticipo.
DESISTIMIENTO HASTA 90 DÍAS
Cuota de gestión de reserva y 10% de la cuota del viaje.
DESISTIMIENTO DE 89 A 70 DÍAS
Cuota de participación, de gestión de reserva y 25% de la cuota del viaje.
DESISTIMIENTO DE 69 A 50 DÍAS
Cuota de participación, de gestión de reserva y 50% de la cuota del viaje.
DESISTIMIENTO DE 29 A 9 DÍAS
Cuota de participación, de gestión de reserva y 75% de la cuota del viaje.
DESISTIMIENTO DE 9 A 1 DÍA
Ningún reembolso en este plazo, ni en caso de interrupción del viaje o estancia ya iniciada.
SUSTITUCIÓN DEL VIAJERO
El cliente puede ser sustituido por otra persona si se comunica 9 días hábiles antes de la salida, siempre que no haya problemas de visados, transportes o alojamiento. Se cobrarán los gastos de gestión y los costes adicionales de los proveedores.
CANCELACIÓN DEL VIAJE
GardaLanding podrá cancelar el contrato en cualquier momento según la ley 1084 de 1977, con la única obligación de devolver las sumas abonadas.
RESPONSABILIDAD DE TRANSPORTISTAS Y EQUIPAJES
Los transportistas son responsables solo durante el trayecto según sus propias condiciones. Los equipajes viajan bajo vigilancia y responsabilidad exclusiva del propietario; la Agencia no responde por pérdida o daños.
CAUSAS DE FUERZA MAYOR
Huelgas, clima adverso, guerras, disturbios, catástrofes naturales o terrorismo no son imputables a la Organización. No se reembolsarán gastos suplementarios ni servicios no disfrutados por estas causas.
REEMBOLSOS POR SERVICIOS NO DISFRUTADOS
Las reclamaciones deben enviarse por escrito en los 3 días posteriores al regreso, bajo pena de caducidad. El cliente debe contactar con la Agencia inmediatamente durante el viaje para intentar solucionar el problema en el momento.
SEGURO
GARDALANDING de Elko snc cuenta con póliza de responsabilidad civil n. 10570641R-LB con LLOYD’S (Ami Assistance).
DATOS TÉCNICOS Y ORGANIZACIÓN
Cambios: Euro. Validez: Anual desde el 1 de enero. Cuota de participación (garantía de nombre): 25 Euros. Cuota de asistencia práctica: 25 Euros por persona. Gastos de variación: 100 Euros por persona. Organización técnica: GardaLanding by ELKO snc. Autorización: Assessorato Turismo Regione Veneto Provincia di Verona R.U. 50178 del 28/05/15.
